martes, 28 de junio de 2011

Sobre la Eliminacion de la Clave de Emergencia

18/05/2011Aviso Público
La Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) informa a los usuarios, tomadores, beneficiarios y contratantes de las pólizas de seguros y al público en general, que en fecha 08 DE NOVIEMBRE DE 2010 se celebró un convenio interinstitucional entre el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), la Defensoría del Pueblo y esta SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA, con el objeto de establecer las condiciones y mecanismos para desarrollar una alianza estratégica basada en la coordinación, solidaridad y asistencia a través de la “Sala Situacional de Salud”, la cual atiende casos de emergencia y carta aval relacionados con reclamaciones de salud, a los fines de garantizar los derechos y obligaciones de las partes integrantes de los contratos de seguros, todo ello en el ámbito de aplicación de la nueva Ley de la Actividad Aseguradora.
Igualmente, se le recuerda a los usuarios de las pólizas de seguros, que está expresamente PROHIBIDO POR LEY, LAS EMPRESAS DE SEGUROS NEGARSE A OTORGAR LA COBERTURA INMEDIATA EN CASO DE EMERGENCIAS, previstas en el contrato de seguros de hospitalización, cirugía y maternidad o condicionar esa cobertura a la emisión de claves o autorizaciones de acceso.
En tal sentido, esta Sala Situacional de Salud está a disposición de los usuarios las 24 horas, por los teléfonos (0212) 952-04-30 y 905-15-76, a través del correo electrónico: salasituacionalsalud@sudeseg.gob.ve o dirigirse a la Avenida Venezuela, Edificio: Torre del Desarrollo, Planta Libre. El Rosal–Chacao, sede de la SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA.

tomado del sitio de la Sudeaseg http://www.sudeseg.gob.ve/info_180611.php



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