La superintendencia de la Actividad Aseguradora nos ofrece la posibilidad de opinar sobre las normas que reglamentaran la Actividad Aseguradora, estas normas son:
- Normas Sobre Gobierno Corporativo Aplicables a las Empresas de Seguros y Reaseguros Regidas por las Ley de la Actividad Aseguradora.
- Normas Aplicables a las Empresas de Seguros, Reaseguros y Financiadoras de Primas en el Establecimiento y Desarrollo del Objeto Social Único.
- Normas Relativas a la Oportunidad en que se Constituirán y Mantendrán las Reservas Técnicas, así como la Forma y Términos en que las Empresas de Seguros, de Reaseguros y de Medicina Prepagada deberán reportárselo a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.
- Normas por las cuales se Regirán las Empresas de Seguros y de Medicina Prepagada para Constituir y Mantener la Reserva para Reintegro por Experiencia Favorable.
- Normas por las Cuales se regirán las Empresas de Seguros, de Medicina prepagada y Sociedades de Corretaje de Seguros para Elaborar el Arancel de Comisiones, Bonos y Planes de Estímulos para Remunerar a los Intermediarios de la Actividad Aseguradora.
- Normas que Regirán a Las Empresas de Seguros o de Reaseguros en las Operaciones de Seguros o de Fianzas en Moneda Extranjera.
- Normas para regular las operaciones de las Cooperativas u Organismos de Integración que realizan Actividad Aseguradora.
Es importante resaltar que en esta consulta publica sobre las normas que REGLAMENTARAN la Actividad Aseguradora estan propuestas varias normas que competen directamente a nuestro gremio (el punto 5) asi que debemos activarnos para lograr una buena fundamentación sobre el verdadero control sobre los aranceles de comisiones estableciendo un % Mínimo de aranceles y no un máximo como es actualmente y como es la propuesta actual. Igualmente es una oportunidad de oro para lograr introducir el amteproyecto de la profesionalización del Asesor de Seguros.
MM